viernes, 27 de junio de 2008

REQUISITOS Y CONTENIDO DEL ENDOSO

El primer requisito es que conste en título o en hoja adherida al mismo, también llamado como principio de inseparabilidad.
Los otros requisitos hacen referencia al contenido del mismo, a saber:

El nombre del endosatario:
Es decir, de la persona a quien se transmite el documento. Este no es requisito esencial, ya que se permite el endoso en blanco.La firma del endosante o de la persona que suscriba el endoso a su ruego o en su nombre:Este es el único requisito esencial del endoso, el único cuya falta lo nulifica en forma absoluta.

La clase de endoso:
Tampoco es un requisito esencial, pues en caso de falta, se presumirá que es endoso en propiedad.El lugar y la fecha: Tampoco son esenciales pues si falta el lugar, se presumirá que el endoso se hizo en el domicilio del endosante, y, si falta la fecha, se presumirá que se hizo en la fecha en que el endosante adquirió el título.

Endoso en blanco o incompleto.
Por su contenido literal, el endoso puede ser completo o incompleto. Cuando se hayan llenado todos los requisitos mencionados en el apartado anterior será completo, e incompleto cuando falten alguno o todos los requisitos no esenciales. El endoso incompleto es un endoso en blanco, el tenedor puede llenar los requisitos que falten, o transmitir el título sin llenar el endoso.
Si el endoso se hace al portador surtirá los efectos del endoso en blanco.

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